NUEVAS MEDIDAS PARA ENFRENTAR LA CUARENTENA

Contingencia Covid

NUEVAS MEDIDAS PARA ENFRENTAR LA CUARENTENA

El ministerio de salud anunció nuevas medidas para hacer más efectivas las cuarentenas. Estas entrarán en vigencia el lunes 5 de abril a las 5 de la mañana. La única excepción son las relativas a la celebración de cultos religiosos, que  rigen desde mañana viernes 2 de abril.

Contingencia Covid

Las nuevas medidas anunciadas por el Ministerio de Salud para enfrentar la cuarentena, apuntan a restringir la movilidad y , con ello, reducir los niveles de contagio. Para ello, sin embargo, la cartera de Salud tuvo que redefinir conceptos a fin de reducir el tránsito de personas por la Región Metropolitana.

A continuación, revisamos las medidas tomadas:

  • Permisos de circulación individual

Son dos por semana, con una duración máxima de dos horas. Los fines de semana sólo se puede usar uno. Es decir, si alguien agota sus permisos entre lunes y viernes, no podrá solicitar otro el sábado o domingo. Y, si no utiliza ninguno entre lunes y viernes, sólo podrá hacer uso de uno entre sábado y domingo.

  • Toque de Queda

Se adelanta el inicio del toque de queda, este se iniciará a las 21:00 horas y su finalización continúa a las 5 AM.

  • Viajes al exterior

Se cierran las fronteras por todo el mes de abril. Esto significa que nadie puede salir o entrar al país durante ese período. Habrá excepciones muy puntuales, para situaciones de urgencia, para lo cual se debe solicitar un permiso especial a través de la Comisaría Virtual.

En el caso de los camiones que deban ingresar con productos de abastecimiento esencial, se exigirá al conductor un PCR negativo extendido en las últimas 72 horas.

  • Servicios esenciales

Se plantea una nueva definición de servicio esenciales de uso doméstico: “Son aquellos bienes o servicios que tienen por fin ser utilizados por las personas dentro del domicilio, en comunas que se encuentren en fase 1 o 2 del Plan Paso a Paso, y que son imprescindibles para la subsistencia (alimentos, medicamentos, artículos de aseo e higiene personal), el teletrabajo, la educación a distancia y la conservación y seguridad del inmueble”.

Bajo esta lógica, los supermercados solo podrán vender productos relacionados con esas necesidades. Lo mismo corre para los negocios de barrio.

  • Trabajadores esenciales

Son aquellos que desempeñen funciones que no pueden ser realizadas en forma telemática y que son imprescindibles. Por ejemplo: labores operativas, logísticas y productivas, mantención de sistemas, seguridad, limpieza y sanitización.

¿ Quiénes no son considerados trabajadores esenciales, entonces? Aquellos que realicen labores administrativas, contables, financieras, de asesorías y consultorías.

  • Cultos Religiosos

El aforo máximo permitido para celebrar Cultos Religiosos será de cinco personas. Esta medida rige a contar del viernes 2 de abril.

 

 

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